Se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes magnéticos directamente legibles por ordenador.
Se aprueba en Gipuzkoa el modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, y se modifican, en Araba, los diseños físicos y lógicos en relación con la información relativa a la cartera de valores del contribuyente, para que la información requerida, sea lo más precisa posible en aras de mejorar la gestión tributaria.
Se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 189 para adaptarlo a la información requerida de los nuevos sistemas de asistencia al contribuyente relativos a su cartera de valores.
Se aprueban en Navarra los modelos S-90 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, y para los grupos fiscales que tributen por el régimen de consolidación fiscal, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2019 y el 31-12-2019.
Están exentos los rendimientos del trabajo de carácter extraordinario o suplementario, satisfechos por las sociedades a sus trabajadores, destinados a la adquisición o suscripción de participaciones en el capital social de la empresa, en la que presten sus servicios, o de cualquiera de las sociedades integrantes del grupo.
Con el fin de garantizar su acceso adecuado a la ciudadanía, y luchar frente a la expansión del coronavirus, se modifica la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios posibilitando que el Gobierno pueda regular el mecanismo de fijación de los precios de otros productos necesarios para la protección de la salud poblacional y previendo que, cuando exista una situación excepcional sanitaria, la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos pueda fijar el importe máximo de venta al público de los medicamentos y otros productos.
Se establecen medidas referidas a la retribución del personal de la AGE en situación de aislamiento; a la flexibilización de la jornada o a los permisos de aquellos con menores o mayores dependientes a cargo; a los servicios de atención al público; a reuniones, cursos y viajes; a las modalidades no presenciales de trabajo y reorganización de turnos; así como a los procesos selectivos en curso
Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio del personal encuadrado en los Regímenes Especiales de los Funcionarios Públicos como consecuencia del virus COVID-19.
La Dirección General de Trabajo ha dictado una nota interna a propósito de los diferentes Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, suspensivos de reducción de jornada, que puedan aplicarse como consecuencia de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma debido al coronavirus.