Restablecimiento durante 2020 de las medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería, añadiéndose en este ejercicio, como consecuencia del impacto económico provocado por el COVID-19, a los meses de febrero y marzo, también los meses de abril, mayo y junio y suprimiéndose el mes de noviembre.
Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del coronavirus.
Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedan suspendidos desde el día 14-3-2020 y hasta que finalice el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.
Conforme al estado de alarma decretado por el Gobierno desde el 15-3-2020, se suspenden los términos y se suspenden e interrumpen los plazos procesales en todos los órganos jurisdiccionales, sólo exceptuándose respecto de los procedimientos de conflicto colectivo y tutela de derechos fundamentales. El CGPJ sitúa a todos los órganos jurisdiccionales españoles en el Escenario 3 y suspende todas las actuaciones procesales, salvo las siguientes que, en el orden jurisdiccional social, se consideran esenciales: los procesos y recursos que se consideren inaplazables en materia de conflictos colectivos, tutela de derechos fundamentales, despidos colectivos, expedientes de regulación temporal de empleo, medidas cautelares y procesos de ejecución que dimanen de la aplicación del estado de alarma. El TCo también acuerda suspender los plazos en los procedimientos que le afectan.
Desde el 14-3-2020 se suspenden términos y se interrumpen plazos administrativos como consecuencia del estado de alarma por coronavirus COVID-19, reanudándose en el momento en que pierda vigencia la declaración de estado de alarma o sus prórrogas.
Es nulo el acuerdo alcanzado entre la empresa y los representantes de los trabajadores en el que se dispone que la retribución variable solo se devenga si el trabajador está dado de alta en el momento de su pago
En orden a garantizar la protección de las personas, bienes y lugares y el abastecimiento de alimentos y de energía, las autoridades competentes podrán imponer la realización de servicios extraordinarios que tendrán la consideración de horas extraordinarias por fuerza mayor.