La presente sentencia analiza si es posible disfrutar de la bonificación prevista en la Comunidad de Madrid para las donaciones a cónyuges, ascendientes y descendientes cuando la donación se formaliza en un documento privado que después es elevado a público.
Se aprueban los coeficientes aplicables sobre el valor catastral a los efectos de determinación del valor real de determinados bienes inmuebles urbanos en relación con el ITP y AJD e ISD.
El TEAC modifica su criterio estableciendo la sujeción al Impuesto, como pagos anticipados, de las aportaciones dinerarias a una cooperativa efectuadas por cooperativistas personas físicas para la construcción de un aparcamiento en régimen de concesión administrativa para cederlo a los cooperativistas.
Para conformar la base imponible de las operaciones intragrupo de arrendamiento de inmuebles, en el régimen especial de IVA, es necesario tener en cuenta si se ha soportado el impuesto o no, en la adquisición del inmueble.
Se recoge una exención aplicable a la formalización del reconocimiento de quitas o minoraciones dirigido a facilitar los acuerdos de refinanciación o de pago por parte del deudor.
Con el fin de facilitar a las corporaciones locales el cumplimiento de la obligación de suministrar información relativa al esfuerzo fiscal, la Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local ha regulado en términos similares a los de ejercicios anteriores, la información básica y complementaria que deben suministrar.
Se han modificado las pruebas de aptitud exigidas para ejercer la profesión de abogado en cuanto al sistema de evaluación y calificación final.
Es conforme a derecho el cese de una trabajadora por no superación del periodo de prueba, aunque ya hubiese prestado los mismos servicios en la misma empresa en un corto periodo anterior.
La presentación de la comunicación de iniciación de negociaciones para alcanzar determinados acuerdos puede suspender, durante el plazo previsto para llevarlas a efecto, las ejecuciones judiciales de bienes que resulten necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor, así como el resto de ejecuciones singulares promovidas por los acreedores financieros cuando se justifique que un porcentaje no inferior al 51% de los mismos han apoyado expresamente el inicio de las negociaciones para la suscripción del acuerdo de refinanciación. Quedan excluidos de la suspensión los procedimientos que tengan su origen en créditos de derecho público.