Se modifican dos de los supuestos en los que se considera que no existe ganancia o pérdida patrimonial: transmisión lucrativa de empresas o participaciones en favor del cónyuge, pareja de hecho, ascendientes o descendientes y transmisión de empresas o participaciones en favor de personas trabajadoras
Se suprime la exclusión de la corrección de la doble imposición de las rentas derivadas de la reducción del capital o de la distribución de la prima de emisión de acciones o participaciones. También se suprime la exclusión prevista para los dividendos percibidos cuando, con anterioridad a su distribución, se hubiese producido una reducción de capital para constituir reservas o compensar pérdidas, o el traspaso de la prima de emisión a reservas, o una aportación de los socios para reponer el patrimonio.
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