Con efectos a partir de 1-7-2021, se establece una nueva modalidad para la declaración y el pago del IVA a la importación para los contribuyentes que no opten por el nuevo régimen especial aplicable a las ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros.
Se definen en el impuesto que debemos entender como ventas a distancia intracomunitaria de bienes y ventas a distancia de bienes importados de países a distancia de bienes. Se define también, el concepto de entrega de bienes a través de una interfaz digital.
Se introducen dos nuevos supuestos de exenciones técnicas relativas a las entregas de bienes facilitadas a través de una interfaz digital, así como a las importaciones de bienes para evitar la doble imposición.
Se modifican los regímenes especiales de la Unión y Exterior de la Unión, y se establece un nuevo régimen respecto a las importaciones cuyo valor es inferior a 150 euros.
Se introducen novedades en relación con las sociedades patrimoniales, las pérdidas por deterioro derivadas de insolvencias, la compensación para fomentar la capitalización empresarial, los bienes o derechos no contabilizados o no declarados, los incentivos para el fomento de la cultura y el régimen de reestructuración empresarial.
Se regulan las ganancias patrimoniales no justificadas cuando el contribuyente no haya cumplido con la obligación de informar sobre bienes y derechos en el extranjero.
Nueva ampliación del límite temporal de aplicación a la franquicia de derechos de importación, y de la exención de IVA de aquellas mercancías utilizadas contra la COVID-19.
La ITSS ha dictado un nuevo criterio técnico en relación a los riesgos psicosociales en el trabajo a fin de homogeneizar la normativa en todos los países de la UE, mediante la actualización de sus criterios técnicos vigentes en el ámbito de los riesgos psicosociales.
Se prorrogan las medidas de cuarentena para las personas procedentes en vuelos desde Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia al llegar a España, desde las 00:00 horas del 20-4-2021 hasta las 24:00 horas del 3-5-2021.