Se declara inconstitucional la amnistia fiscal aprobada por el Gobierno en 2012
Se declara la nulidad, para los periodos no prescritos, de la regulación relativa a la declaración tributaria especial.
Se declara la nulidad, para los periodos no prescritos, de la regulación relativa a la declaración tributaria especial.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2016.
Mediante corrección de errores se publica de nuevo el modelo de declaración consolidada (modelo 220).
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se ha aprobado en Navarra el modelo S-90 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2016 y el 31-12-2016, así como el modelo 220 para los grupos que tributen por el régimen de consolidación fiscal.
La OM HFP/227/20174, por la que se aprueban los modelos de pagos fraccionados a cuenta del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio […]
Se aprueba en este territorio foral la relación de actividades o programas prioritarios de mecenazgo para 2017
Se aprueba en Bizkaia el modelo 218 de pagos fraccionados para los contribuyentes que deben presentar autoliquidación por el IS o el IRNR en Bizkaia, en función de su volumen de operaciones y están sometidos a normativa común
Los propietarios no residentes de una comunidad de propietarios que gestiona un inmueble en España tributan como establecimiento permanente y se han de imputar la renta que les corresponde calculada de acuerdo con la normativa de IRPF, debiendo nombrar representante fiscal en este país.
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