Se establece que los contribuyentes que no declaren en Gipuzkoa el IRPF, IS o IRNR deben comunicar anualmente la cifra neta de negocios, a los efectos de la exención aplicable a los sujetos pasivos con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. Además, se añaden epígrafes correspondientes a las actividades de comercialización de energía, fabricación y distribución de gas y comercio mixto en grandes superficies y se modifica la clasificación de los epígrafes correspondientes a los puntos de recarga de vehículos eléctricos.