Bizkaia IVA: índices y módulos del régimen especial simplificado para 2017
Se aprueban en Bizkaia los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para 2017
Se aprueban en Bizkaia los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para 2017
La OM HFP/1823/2016 desarrolla para el año 2017 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
Modificaciones en el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico de Canarias en relación con el régimen simplificado del IGIC.
Se aprueban en Araba los índices y módulos del régimen simplificado del IVA para el 2016.
Se aprueban en Bizkaia los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para 2016
Para el ejercicio 2016, resultan aplicables las nuevas magnitudes excluyentes por volumen de rendimientos íntegros y compras de bienes y servicios (LIRPF art.31 -redacc L 26/2014- y disp.trans.32ª -redacc L 48/2015-) y se excluye a las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE sujetas a retención del 1% en el ejercicio 2015 (LIRPF disp.adic.36ª -redacc L 26/2014-). Para el resto de actividades sujetas a la citada retención, se revisan las magnitudes específicas para su inclusión en este método.
La OM HAP/2430/2015 desarrolla para el año 2016 el método de estimación objetiva del IRPF, manteniendo la estructura de la Orden vigente para el 2015, así como la cuantía de los módulos y la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
Para el ejercicio 2016, resultan aplicables las nuevas magnitudes excluyentes por volumen de rendimientos íntegros y compras de bienes y servicios (LIRPF art.31 -redacc L 26/2014- y disp.trans.32ª -redacc L 48/2015-) y se excluye a las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE sujetas a retención del 1% en el ejercicio 2015 (LIRPF disp.adic.36ª -redacc L 26/2014-). Para el resto de actividades sujetas a la citada retención, se revisan las magnitudes específicas para su inclusión en este método.
Se ha aprobado la Orden Ministerial que desarrolla para el año 2016 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
Se desarrolla para el año 2016 el método de estimación objetiva del IRPF, manteniendo la estructura de la Orden vigente para el 2015, así como la cuantía de los módulos y la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
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