Prestación de maternidad e IRPF
Las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF, habiendo sido fijada dicha exención doctrina legal por el Tribunal Supremo
Las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF, habiendo sido fijada dicha exención doctrina legal por el Tribunal Supremo
En estos casos se aplican las reglas generales sobre finalización del período impositivo, por lo que si no se altera la personalidad jurídica, ni la nueva forma jurídica supone alteración del régimen fiscal aplicable a la entidad en el IS, no se concluye ningún período impositivo.
El usufructo cuando va acompañado del poder de disposición puede implicar la realización de varios negocios jurídicos sujetos a ISD y, en algunos casos, a ITP y AJD.
Los gastos derivados del renting, las reparaciones, el impuesto de circulación y seguro de vehículos que utiliza el personal de la empresa son fiscalmente deducibles en el IS, con independencia de que la utilización sea para fines laborales o personales.
La infracción cometida por un empleado nombrado por la empresa, aunque sea el administrador o el Director General, no conlleva directamente la responsabilidad de la mercantil.
El RDL 11/2018, en vigor a partir 4-8-2018, incorpora al ordenamiento interno la Directiva relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y adapta la normativa interna.
Se modifica el Decreto Foral que desarrolla las disposiciones de la Ley General Tributaria de Navarra en materia de infracciones y sanciones tributarias para adaptarlo a los cambios sustanciales introducidos en la Ley.
El RDL 11/2018, en vigor a partir 4-8-2018, incorpora al ordenamiento interno la Directiva relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y adapta la normativa interna.
Se modifica el Decreto Foral que desarrolla las disposiciones de la Ley General Tributaria de Navarra en materia de infracciones y sanciones tributarias para adaptarlo a los cambios sustanciales introducidos en la Ley.
Los gastos derivados del renting, las reparaciones, el impuesto de circulación y seguro de vehículos que utiliza el personal de la empresa son fiscalmente deducibles, con independencia de que la utilización sea para fines laborales o personales.
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