Araba: se aprueban los índices y módulos del régimen simplificado del IVA para el 2018

Araba ha aprobado los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA, así como las instrucciones correspondientes, aplicables desde el 1-1-2018

Araba: suministro inmediato de información

Se adapta el reglamento del impuesto a las modificaciones introducidas en el RIVA, aprobando el sistema de suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria los sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite su aplicación voluntaria.

Orden de módulos para el año 2018 en el Régimen especial simplificado del impuesto

Se aprueba para el año 2018 la Orden que desarrolla el Régimen especial simplificado en IVA, que mantiene los módulos y las instrucciones para su aplicación, así como la reducción aplicable a las actividades económicas desarrolladas en el municipio de Lorca.

Gipuzkoa: se modifica el modelo de declaración censal

Se modifica en lo relativo a la forma, el lugar de presentación y la acreditación de la identidad, el modelo 036 de declaración censal, que han de presentar los empresarios, profesionales y otros obligados tributarios.

Gipuzkoa: modificación del Reglamento de obligaciones tributarias formales. IVA

Se incorporan modificaciones reglamentarias necesarias para la introducción del Suministro Inmediato de Información (SII) sobre el IVA

Bizkaia: modificación del Reglamento de obligaciones tributarias formales. IVA

Se incorporan modificaciones reglamentarias necesarias para la introducción del Suministro Inmediato de Información (SII) sobre el IVA

Modificación de los modelos censales

Con efectos 1-6-2017 se modifican los modelos de declaración censal para su adaptación a la normativa de desarrollo del sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA.

Araba: índices y módulos del régimen especial simplificado. IVA

Se aprueban en Araba los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para el 2017

Novedades en relación a las obligaciones de facturación

Como consecuencia de la implantación del nuevo sistema de llevanza de libros a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII), se establece una obligación censal para el supuesto de cumplimiento de la obligación de expedir facturas por el destinatario o un tercero. Además, también se modifica el plazo de remisión de facturas para el supuesto en que el destinatario es un empresario o profesional.

Suministro inmediato de información

Ha sido aprobado el sistema de Suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria aquellos sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite al sujeto pasivo su aplicación de forma voluntaria.