A partir del 1-7-2015, a los efectos del Código Penal, se entiende por organización criminal la agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos.
El derecho al subsidio de desempleo de los liberados de prisión o delincuentes toxicómanos, tiene relación con la regulación del Código Penal que ha sido modificada.
Modificación de determinados preceptos del Código Penal en materia inmobiliaria por LO 1/2015.
Modificación de determinados preceptos del Código Penal en materia inmobiliaria por LO 1/2015.
La reforma del Código Penal lleva a cabo, con efectos desde el 1-7-2015, una mejora técnica en la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, con la finalidad de delimitar adecuadamente el contenido del debido control, cuyo quebrantamiento permite fundamentar su responsabilidad penal. En todo caso, el alcance de las obligaciones que conlleva ese deber de control se condiciona, de modo general, a las dimensiones de la persona jurídica.
La reforma del Código Penal lleva a cabo, con efectos desde el 1-7-2015, una mejora técnica en la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, con la finalidad de delimitar adecuadamente el contenido del debido control, cuyo quebrantamiento permite fundamentar su responsabilidad penal. En todo caso, el alcance de las obligaciones que conlleva ese deber de control se condiciona, de modo general, a las dimensiones de la persona jurídica.
Se reserva al ámbito penal el tratamiento de las conductas más graves de la sociedad, desapareciendo del Código Penal el catálogo de faltas, que se reconducen hacia la vía administrativa o civil, o se tipifican como delitos leves castigados con penas de multa.
La reforma del Código Penal corrige, con efectos desde 1-7-2015, la omisión, en la tipificación del delito de defraudación a la UE o a sus presupuestos, de la imposición -como está previsto en el resto de los delitos contra la Hacienda pública-, de la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
A partir del 1-7-2015, se modifican las penas por resistencia o desobediencia grave a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones.