Es procedente la regularización por la que se valoró la cuenta bancaria en el importe del saldo medio del último trimestre, porque aunque el contribuyente alegó que cierta cantidad se había destinado a la adquisición de unas acciones incluidas en la declaración del IP, no ha presentado documento alguno por el que se pueda acreditar la pertinente operación por la que se efectuaron aquellos desembolsos.
Al elevar a público un contrato privado de compraventa el hecho de que se encontrase su precio aplazado mediante efectos cambiarios puede constituir un medio de prueba a efectos de determinar la prescripción del pago del impuesto.
El valor a considerar a efectos de la liquidación del ITP y AJD en los casos de obra nueva y división horizontal se corresponde con el de ejecución material de la obra.
El valor a considerar a efectos de la liquidación del ITP y AJD en los casos de obra nueva y división horizontal se corresponde con el de ejecución material de la obra.
En la tributación por la modalidad AJD de las compraventas sometidas a condición lo determinante para la liquidación del impuesto es la formalización del acto, con independencia del hecho de que se haya sometido o no a condición.
Una vez notificada la liquidación del IBI correspondiente al período impositivo del alta del bien inmueble en el Padrón catastral, en las liquidaciones correspondientes a los siguientes períodos impositivos basta la notificación colectiva mediante edictos y la remisión del recibo cobratorio al contribuyente, incluso si el inmueble es objeto de transmisión.
Una vez notificada la liquidación del IBI correspondiente al período impositivo del alta del bien inmueble en el Padrón catastral, en las liquidaciones correspondientes a los siguientes períodos impositivos basta la notificación colectiva mediante edictos y la remisión del recibo cobratorio al contribuyente, incluso si el inmueble es objeto de transmisión.