Recargos de deudas con la Seguridad Social y derivación de responsabilidad
Adaptación de la aplicación de los recargos y de la derivación de responsabilidad solidaria a las nuevas formas de liquidación
Adaptación de la aplicación de los recargos y de la derivación de responsabilidad solidaria a las nuevas formas de liquidación
A partir del 1-1-2016, se unifica la terminología del auxiliar, pasando a denominarse «colaborador», se elimina la diferencia entre auxiliar asesor y auxiliar externo y se establece que las funciones del colaborador, así como el hecho de que asesore o no, se determinen en el contrato entre mediador y su colaborador.
A partir del 10-1-2016, las extinciones o suspensiones de contrato y reducciones temporales de jornada que traigan causa directa en una emergencia de protección civil, se considerarán provenientes de fuerza mayor con las consecuencias que se derivan de esta calificación.
La modificación incorpora a las organizaciones empresariales entre aquellas con capacidad jurídica para actuar en representación de los trabajadores autónomos y reforma determinados extremos relativos a la representatividad de las organizaciones de autónomos, entre los que destaca la supresión del Consejo de la representatividad como órgano competente para declarr la condición de asociación representativa.
No se computan a efectos de la acción protectora, las cotizaciones efectuadas al RETA ingresadas después del alta, formalizada antes del 1-1-1994, y correspondientes a períodos anteriores a ésta.
Establecimiento de una bonificación del 100% o del 50%, según los casos, en la cuota por contingencias comunes del trabajador autónomo, por un plazo de 12 meses, para atender a menores de 7 años a su cargo o a familiares dependientes, siempre que contrate a un trabajador por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, manteniéndole durante todo el periodo de su disfrute, siendo, en todo caso, la duración mínima de 3 meses desde la fecha de inicio del disfrute de la bonificación.
La orden de cotización reproduce las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado referentes a las bases y tipos de cotización, supuestos de reducción de bases en caso de venta ambulante o a domicilio, la devolución de cotizaciones en caso de pluriactividad y la cotización de los autónomos en alta de oficio. Se fija, asimismo, el tipo de cotización por IT de los trabajadores con 65 o más años y la fracción de cuota que han de percibir las mutuas por cubrir dicha contingencia.
Fijación para 2015 de las bases y tipos de cotización para la protección por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos incluidos en el RETA, en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios y en el Régimen Especial del Mar.
Bases mínimas de cotización para 2015 de los vendedores ambulantes, a domicilio, o en mercadillos.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 fija las bases y tipos de cotización en este régimen especial, en función de la edad que tenga el trabajador autónomo a 1-1-2015.
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