Un Estado miembro puede excluir de sus ayudas sociales a los nacionales de otros Estados miembros inactivos profesionalmente

Un Estado miembro no ha de reconocer prestaciones especiales no contributivas de subsistencia a demandantes de empleo durante la estancia de hasta 3 meses en su territorio de un nacional de otro Estado miembro. Desde el comienzo del cuarto mes hasta que se cumplan 5 años puede seguir denegando tales prestaciones a los ciudadanos inactivos que ejerzan la libre circulación con el único objetivo de percibir ayudas sociales, si el reconocimiento de las mismas, según la norma nacional, se supedita a ser administrativamente residentes de acuerdo con la Dir 2004/38/CE. En efecto, en ese período tal normativa exige la acreditación de estar en posesión de recursos suficientes, lo que impide reclamar prestaciones asistenciales, incluso cuando esas mismas prestaciones sí se estuvieran garantizando a los nacionales del Estado en cuestión que acreditaran una situación de necesidad. A partir del quinto año el ciudadano comunitario ya estaría en residencia permanente y si cabría el reconocimiento de tales prestaciones, pues ya no se requiere la posesión de recursos suficientes mencionada para ser residente.

Control de calidad en la construcción. País Vasco

Se regula el control de calidad en la construcción en esta Comunidad. El objeto de esta norma es la regulación del procedimiento de control de calidad en la ejecución, en régimen público o privado, de las obras de edificación y de urbanización que se lleven a cabo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la determinación del procedimiento de control del cumplimiento de los requisitos exigibles a los laboratorios de ensayos y las entidades de control de calidad de la edificación que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Gastos deducibles

No son deducibles los gastos relacionados con proyectos de ingeniería, que se desarrollan a través de la constitución de sociedades por imposición de los clientes, porque no son gastos correlacionados con sus ingresos, sino con los de las sociedades participadas.

Retenciones en las nóminas

Ante la reclamación por parte de la Hacienda Pública por haber sido practicadas incorrectamente las retenciones en las nóminas de los trabajadores la empresa ha de contabilizar un error.

Convenio colectivo aplicable a los centros especiales de empleo

Aunque la jurisprudencia aplica a los centros especiales de empleo la obligación de subrogación recogida en el convenio colectivo de limpieza, ello no significa que tenga que aplicarse a los trabajadores de estos centros dicho convenio colectivo en su integridad.