Con efectos desde el 1-1-2013, se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que viene a sustituir a los denominados tiques.
Con efectos desde el 1-1-2013, se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que viene a sustituir a los tiques.
A partir del 15-11-2012, la Ley de reestructuración y resolución de entidades de crédito contempla la posibilidad de constituir agrupaciones de activos y pasivos de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, que constituirán patrimonios separados carentes de personalidad jurídica, denominados Fondos de Activos Bancarios. Estos fondos son sujetos pasivos del IS y disfrutan de un régimen fiscal particular en este impuesto.
A partir del 15-11-2012, la Ley de reestructuración y resolución de entidades de crédito contempla la posibilidad de constituir agrupaciones de activos y pasivos de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, que constituirán patrimonios separados carentes de personalidad jurídica, denominados Fondos de Activos Bancarios. Estos fondos son sujetos pasivos del IS y disfrutan de un régimen fiscal particular en este impuesto.
No se considera condición indispensable para la efectividad de la transmisión de la concesión a la comunidad de usuarios del parking, la autorización formal del ayuntamiento otorgante, que no haría sino ratificar formalmente lo que ya previamente el propio ayuntamiento había establecido en el pliego de condiciones en el que queda patente su intención de transmitir la concesión administrativa de los aparcamientos para residentes a las correspondientes comunidades de usuarios, por lo que se considera sujeto pasivo del IBI a la comunidad de usuarios.
No se considera condición indispensable para la efectividad de la transmisión de la concesión a la comunidad de usuarios del parking, la autorización formal del ayuntamiento otorgante, que no haría sino ratificar formalmente lo que ya previamente el propio ayuntamiento había establecido en el pliego de condiciones en el que queda patente su intención de transmitir la concesión administrativa de los aparcamientos para residentes a las correspondientes comunidades de usuarios, por lo que se considera sujeto pasivo del IBI a la comunidad de usuarios.
Con efectos desde el 31-10-2012 se deslegaliza la regulación del perfil de borrador, de modo que mediante Orden Ministerial puedan incluirse nuevas rentas para poder extender progresivamente el servicio de borrador a un mayor número de contribuyentes.