Facturación por dos sujetos pasivos en la misma factura

Es posible que dos sujetos pasivos que llevan a cabo el suministro de agua, utilicen el mismo documento para consignar en él de forma separada sus respectivas operaciones y datos correspondientes a las operaciones realizadas, resumiendo en una sola cifra el importe a pagar, si se entiende que uno de ellos ha encargado al otro que le expida la correspondiente factura de sus operaciones,

Facturación por dos sujetos pasivos en la misma factura

Es posible que dos sujetos pasivos que llevan a cabo el suministro de agua, utilicen el mismo documento para consignar en él de forma separada sus respectivas operaciones y datos correspondientes a las operaciones realizadas, resumiendo en una sola cifra el importe a pagar, si se entiende que uno de ellos ha encargado al otro que le expida la correspondiente factura de sus operaciones,

Novedades respecto a la obligación de expedir factura a partir del 1-1-2013

Para una mayor seguridad jurídica de los empresarios o profesionales, con efectos desde el 1-1-2013 se aclaran los casos en los que se deben aplicar las normas de facturación establecidas en el nuevo Rgto Fac/2012. Desde la misma fecha, se exceptúan de la obligación de expedir factura determinadas prestaciones de servicios financieros y de seguros.

Novedades respecto al plazo para la expedición de facturas a partir del 1-1-2013

Con efectos desde el 1-1-2013, con la finalidad de facilitar la gestión administrativa de los sujetos pasivos, se ha modificado el plazo aplicable para la expedición de facturas en las operaciones efectuadas para otros empresarios o profesionales.

Sustitución de los tiques por las facturas simplificadas

Con efectos desde el 1-1-2013, se establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que viene a sustituir a los denominados tiques.

Excepciones a la obligación de facturación por la existencia de graves perturbaciones en el desarrollo de la actividad

La existencia de perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales causadas por el cumplimiento de las obligaciones de facturación, no implica que estas perturbaciones sean el presupuesto que obliga a la Administración tributaria a conceder la autorización para no cumplir con las citadas obligaciones, sino un elemento a valorar en el conjunto de la gestión impositiva que corresponde a la Administración.

Contenido de las facturas

En el supuesto de expedición de facturas por terceros que actúan en nombre y por cuenta de los empresarios o profesionales que entregan los bienes o prestan los servicios, debe existir una serie distinta y específica para cada uno de los terceros que expidan factura en nombre y por cuenta de los empresarios o profesionales, pero no necesariamente por cada cliente de estos empresarios o profesionales.