Recurso de inconstitucionalidad contra la L Cataluña 3/2017, del libro sexto del Código Civil de Cataluña
Se levanta la suspensión de L Cataluña 3/2017 art.3, 4 y 9, objeto de recurso de inconstitucionalidad.
Se levanta la suspensión de L Cataluña 3/2017 art.3, 4 y 9, objeto de recurso de inconstitucionalidad.
Declaración de inconstitucionalidad y nulidad de diversos preceptos de la L Baleares 12/2016 en relación con la evaluación ambiental estratégica.
Declaración de inconstitucionalidad y consiguiente nulidad de preceptos de la L 20/2013 por alteración del sistema de reparto de competencias autonómicas y estatales, aun de manera indirecta, a través de sus efectos.
En una relación laboral especial de deportista profesional, cuya duración por mor del RD 1006/1985 art.6 es siempre determinada, una cláusula que permite a cualquiera de las partes, al final de cada temporada deportiva, resolver el contrato cumpliendo un determinado preaviso y abonando a la otra una indemnización, es lícita porque se ajusta al carácter temporal de la relación.
No existe un único método para enjuiciar la actividad inventiva aunque debe seguirse uno que asegure que en el enjuiciamiento se tienen en cuenta los factores decisivos.
Se establecen modificaciones en la cesión a terceros de capitales propios y en los contratos de seguros de vida e invalidez
Cuando la junta general no se constituye como junta universal, su convocatoria ha de realizarse en la forma prevista por la Ley o los estatutos, para que su celebración sea válida. No obstante, la junta es nula en caso de que, aun convocada según lo previsto en los estatutos y en la ley, queda acreditado que la intención del convocante fue que el anuncio pasase inadvertido a los socios, lo que puede deducirse del apartamiento de la que, hasta entonces, había sido la pauta general para convocar las juntas (notificación personal, anuncio en un diario concreto, etc).
Aunque es obligatorio seguir el trámite del despido colectivo, no es necesario alegar una causa adicional de extinción de los contratos de trabajo en los supuestos extinción de la personalidad jurídica.
El procedimiento adecuado para reclamar por diferencias en la indemnización por despido colectivo concluido con acuerdo, no es el ordinario por impago de cantidad, sino el mismo proceso de despido cuando existen discrepancias respecto a la antigüedad u otros conceptos en el salario regulador, pues se trata de un elemento esencial para su determinación, y no una mera discrepancia de cálculo.
El procedimiento adecuado para reclamar por diferencias en la indemnización por despido colectivo concluido con acuerdo, no es el ordinario por impago de cantidad, sino el mismo proceso de despido cuando existen discrepancias respecto a la antigüedad u otros conceptos en el salario regulador, pues se trata de un elemento esencial para su determinación, y no una mera discrepancia de cálculo.
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