Los inmuebles urbanos susceptibles de producir rendimientos gravados por la LIRPF, deben tenerse en cuenta para la aplicación del límite de la cuota íntegra del IP de la LIP art.31, y ello, con independencia de la naturaleza del derecho que se tenga sobre los referidos inmuebles, es decir, tanto si se tiene el pleno dominio, como si se tiene el usufructo o la nuda propiedad.
Como principal novedad destaca la nueva regulación del hecho imponible del Impuesto, que deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto, lo que supone la modificación de los elementos esenciales del impuesto.
Se modifica la normativa de los planes y fondos de pensiones a fin de generalizar su aplicación a todos los trabajadores, mediante la creación de planes de pensiones de empleo simplificados y fondos de promoción pública abiertos, un sistema sencillo de promoción y su impulso desde la negociación colectiva sectorial.
La vivienda habitual en el importe no exento del IP debe computarse como parte de la base imponible del IP a los efectos de la limitación de la cuota íntegra del IP.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2021 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Con efectos a partir del 19-3-2022, se aprueba el modelo de declaración del Impuesto para el ejercicio 2021 y se determina el lugar, forma y plazos para su presentación, así como el procedimiento para la obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración.
Se incorporan novedades en relación con las sociedades patrimoniales, los gastos no deducibles, las reglas de valoración, las operaciones vinculadas, la compensación para fomentar la capitalización empresarial, la reserva especial para nivelación de beneficios, la cuota efectiva y tributación mínima, las deducciones, los regímenes especiales y el régimen de disolución y liquidación de determinadas SICAV.
Con efectos a partir del 1-1-2022, se crea la deducción por inversión para el suministro de energía eléctrica solar en la vivienda habitual con el objeto de impulsar las fuentes de energía verde y coadyudar a revertir el cambio climático.
La DGT aclara una serie de cuestiones en relación al régimen transitorio de disolución y liquidación previsto para las SICAV, establecido a raíz la exigencia de unos nuevos requisitos de inversión mínima para determinar el número de accionistas que deben tener las SICAV a efectos de poder tributar al tipo de gravamen del 1%.