Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2011 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español, destacando la eliminación del modelo impreso.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2011 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español, destacando la eliminación del modelo impreso.
Los pagos realizados a una entidad residente en EEUU, por un software, se encuentran sometidos a una retención del 10%, ya que el convenio no tiene una delimitación expresa de este concepto, y la legislación interna española lo trata de forma separada a las obras artísticas y las obras científicas.
Se establece una exención parcial en las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de determinados bienes inmuebles urbanos adquiridos entre el 12-5-2012 y el 31-12-2012.
Exención del IRNR en un 50% de las ganancias patrimoniales obtenidas sin mediación de establecimiento permanente en España, derivadas de la enajenación de bienes inmuebles urbanos situados en territorio español, que hubiesen sido adquiridos a partir del 12-5-2012 y hasta el 31-12-2012.
Los rendimientos satisfechos en Portugal a artistas o deportistas españoles, personas físicas o entidades, por fondos públicos de la Administración española, sólo se van a poder gravar en España y, en el supuesto contrario, se van a poder gravar también en este territorio.
Aunque no exista convenio de doble imposición, el pago de intereses de una entidad española a otra entidad danesa no está sujeto a la obligación de retención.
Cuando un particular contrata a una persona para que desempeñe las labores domésticas en su hogar, los rendimientos que se satisfagan merecen la consideración de rendimientos del trabajo a efectos del IRPF.
Las instituciones de inversión colectiva constituidas en la UE pueden beneficiarse de la exención de los dividendos percibidos en España, solicitando la devolución del importe que les corresponda de las retenciones soportadas inicialmente y aportando el certificado de su constitución bajo la Dir 2009/65/CE.