Araba: se aprueban los índices y módulos del régimen simplificado del IVA para el 2018
Araba ha aprobado los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA, así como las instrucciones correspondientes, aplicables desde el 1-1-2018
Araba ha aprobado los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA, así como las instrucciones correspondientes, aplicables desde el 1-1-2018
Se adapta el reglamento del impuesto a las modificaciones introducidas en el RIVA, aprobando el sistema de suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria los sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite su aplicación voluntaria.
Se aprueba para el año 2018 la Orden que desarrolla el Régimen especial simplificado en IVA, que mantiene los módulos y las instrucciones para su aplicación, así como la reducción aplicable a las actividades económicas desarrolladas en el municipio de Lorca.
Se modifica en lo relativo a la forma, el lugar de presentación y la acreditación de la identidad, el modelo 036 de declaración censal, que han de presentar los empresarios, profesionales y otros obligados tributarios.
Se incorporan modificaciones reglamentarias necesarias para la introducción del Suministro Inmediato de Información (SII) sobre el IVA
Se incorporan modificaciones reglamentarias necesarias para la introducción del Suministro Inmediato de Información (SII) sobre el IVA
Con efectos 1-6-2017 se modifican los modelos de declaración censal para su adaptación a la normativa de desarrollo del sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA.
Se aprueban en Araba los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA para el 2017
Como consecuencia de la implantación del nuevo sistema de llevanza de libros a través de la Sede electrónica de la AEAT (SII), se establece una obligación censal para el supuesto de cumplimiento de la obligación de expedir facturas por el destinatario o un tercero. Además, también se modifica el plazo de remisión de facturas para el supuesto en que el destinatario es un empresario o profesional.
Ha sido aprobado el sistema de Suministro inmediato de información (SII), que deben utilizar de forma obligatoria aquellos sujetos pasivos que realicen la presentación mensual de la declaración-liquidación. También se permite al sujeto pasivo su aplicación de forma voluntaria.
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