Fecha de efectos de las prestaciones por desempleo derivadas de los procedimientos basados en las causas derivadas del coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se concretan las fechas de efectos de la situación legal de desempleo derivada de ERTE como consecuencia de las medidas del estado de alarma.

Coronavirus: medidas extraordinarias en materia de recursos humanos en el ámbito de los servicios sociales (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

El Ministerio de Sanidad, desde el 28-3-2020 y mientras dure el estado de alarma debido al coronavirus, permite la adopción de medidas especiales en materia de recursos humanos para la garantía del correcto funcionamiento del sistema de servicios sociales en su conjunto (públicos y privados acreditados). Entre las medidas se incluye la posibilidad de prestaciones personales obligatorias de las que se excluye a las trabajadoras embarazadas. Las CCAA y el IMSERSO han de velar por el cumplimiento de estas medidas y disposiciones en el ámbito local. El incumplimiento o resistencia a las medidas acordadas serán sancionados.

Actualización de las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada como consecuencia del coronavirus que afecten a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales y medidas extraordinarias de desempleo en aplicación de dichos procedimientos (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Remisión a la normativa específica para la tramitación de los expedientes de suspensión de contratos y reducción de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, y que afecten a los socios trabajadores de CTA y sociedades laborales

Aportación de documentación en el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (RF 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se establece la posibilidad de que la Hacienda Foral de Navarra pueda exigir al obligado tributario la acreditación de la existencia de su actividad, de su domicilio o de sus medios materiales, humanos o financieros suficientes para llevarlas a cabo que justifiquen la actividad del declarante. Se recogen también las consecuencias tanto de no atender a los requerimientos de documentación, como de que no quede justificada la existencia de la actividad del declarante.