Interpretación no restrictiva de la enfermedad laboral: inclusión de la tendinitis del manguito de los rotadores dentro de las enfermedades profesionales.
El desistimiento empresarial por no superación del periodo de prueba de un trabajador que sufre una baja por IT a los 4 días de haber iniciado la prestación de servicios, constituye un despido nulo por discriminación por razón de la enfermedad, salvo que la empresa pruebe que su decisión tiene una justificación objetiva y razonable.
El importe mínimo de la deuda generada por prestaciones por desempleo indebidamente percibidas por debajo del cual no podrá iniciarse el procedimiento de reintegro se establece, con carácter general, en el 3% del IPREM mensual. Por otra parte, la obligación de los beneficiarios de presentar la declaración del IRPF se aplaza hasta el ejercicio 2025.
Aunque el TS reitera que la obligación de conceder audiencia previa al trabajador que va a ser cesado por causas relacionadas con su conducta o rendimiento solo puede exigirse a los despidos producidos a partir del 18-11-2024, el TSJ Illes Balears ha declarado la improcedencia de un despido acordado con anterioridad valorando que, pese a que la empresa, presumiblemente, conocía la postura favorable de su Sala de lo social respecto a la obligación de conceder la audiencia previa, no alegó que dicha audiencia no era exigible, sino que se limitó a manifestar que se había cumplido el trámite mediante audiencia al delegado sindical.
No hay discriminación por edad de un trabajador de 55 años que alega trato desigual en las indemnizaciones por despido, respecto a los de menor edad, tras la fusión del banco en que el trabajaba con otra entidad bancaria. El TSJ considera que las diferencias en las indemnizaciones están justificadas y no constituyen discriminación, manteniendo el fallo desestimatorio de la instancia anterior.
La vulnerabilidad económica de quien solicita la prestación del Ingreso mínimo vital, así como su valoración, tiene como base los ingresos del ejercicio anterior al de la solicitud, salvo que quede acreditado un cambio en la situación económica del solicitante en el año en curso.
La compensación económica por el acogimiento de los nietos menores de edad no computa a efectos de determinar la insuficiencia de rentas necesaria para devengar la pensión de jubilación no contributiva.
La inclusión de disposiciones en un convenio colectivo que remiten a otros convenios ya declarados nulos es incompatible con la legalidad vigente, salvo que se establezca una condición suspensiva que dependa de un pronunciamiento judicial futuro.
No resulta admisible el voto telemático en las elecciones a delegados de personal y miembros de comité de empresa.