Se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, tanto si se efectúa a través de un depositario central de valores establecido en territorio español como si lo hace el propio sujeto pasivo. Asimismo, se aprueba el modelo 604 de autoliquidación del impuesto.
No es posible aplicar un tipo de retención superior a los atrasos, ya que esa posibilidad solo se contempla en el caso de rendimientos del trabajo en los que la determinación del importe de la retención se realiza conforme con el procedimiento general establecido en la normativa aplicable (RIRPF art.82 s.).
Este segundo informe versa sobre la deducibilidad de las pérdidas por deterioro de la participación en una entidad cuando previamente se produce un incremento de los fondos propios de la entidad participada y en el mismo día se transmite un porcentaje relevante de la participación.
Se introducen modificaciones de carácter técnico en el reglamento del impuesto a efectos de la información de las operaciones de bienes en consigna, y el plazo para proporcionarla.
Se aprueban los coeficientes aplicables sobre el valor catastral de bienes inmuebles de naturaleza urbana para el ejercicio 2021 en esta comunidad autónoma.
Una cooperativa de trabajo asociado es sujeto pasivo del IAE cuando es la que ordena por cuenta propia la actividad de económica, realizando los socios cooperativistas la actividad por cuenta de aquella. Los socios sólo son sujetos pasivos, cuando ejercen por cuenta propia la actividad económica en cuestión, con independencia de que en algún caso además la ejerza o no por cuenta de la cooperativa.
En relación con la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua, con efectos para las declaraciones informativas que haya que presentar a partir del 1-1-2022 respecto de la información relativa al año inmediato anterior y con el objetivo de facilitar el control del cumplimiento de la obligación de presentar dicha declaración, se mantiene la obligación de presentar la declaración informativa (modelo 289) aun cuando no exista información concreta que comunicar.
Con el objeto de implementar los distintos procedimientos y herramientas vinculadas al sistema garante de la trazabilidad e inviolabilidad de los registros que documenten entregas de bienes y prestaciones de servicio, y la llevanza de los libros registros de operaciones económicas, se modifican los reglamentos del IRPF e IS, de obligaciones tributarias formales así como del de gestión de los tributos, para su mejor aplicación y comprensión.
Se amplía hasta el 30-9-2021 la percepción extraordinaria de la prestación por desempleo para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 para artistas en espectáculos públicos, personal técnico y auxiliar del sector de la cultura y profesionales taurinos, y se reconoce un acceso extraordinario a dicha prestación para los dos primeros colectivos.