La reducción sobre el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda solo se aplica sobre los rendimientos declarados por el contribuyente con carácter previo al inicio de cualquier procedimiento de comprobación o inspección en cuyo alcance estén incluidos.
Se regula el tratamiento fiscal de las cantidades percibidas en devolución de las cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos derivadas de acuerdos celebrados con las entidades financieras o de la ejecución o cumplimiento de sentencias judiciales o laudos arbitrales.
La suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento sobre la misma vivienda y con el mismo arrendador, una vez agotadas las prórrogas del contrato inicial, por el que se practicó la deducción por alquiler de la vivienda habitual, se considera, a estos efectos, una continuación de dicho contrato, por lo que, siempre que se cumplan los demás requisitos, se puede seguir aplicando la deducción.
Puede aplicarse la reducción sobre el rendimiento neto derivado del arrendamiento de un inmueble cuando, siendo el arrendatario una persona jurídica, queda acreditado que el inmueble se destina a la vivienda de determinadas personas físicas.
Cuando un inmueble se destina sustancialmente al arrendamiento, aun con interrupciones de la actividad propias de estos contratos, los gastos y amortizaciones anuales son deducibles.
Para determinar la ganancia o pérdida patrimonial obtenida por la venta de un inmueble, procede fijar como valor de adquisición el asignado por la Administración autonómica a efectos del ITP y AJD, y no el efectivamente satisfecho en la adquisición.
Se desarrolla para el año 2016 el método de estimación objetiva del IRPF, manteniendo la estructura de la Orden vigente para el 2015, así como la cuantía de los módulos y la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
En relación con los inmuebles se introducen en Extremadura nuevas deducciones a aplicar sobre la cuota íntegra autonómica del IRPF en esta Comunidad Autónoma y se modifican los requisitos exigidos para la aplicación de la deducción por adquisición de vivienda para jóvenes con residencia en Extremadura.
La reducción del rendimiento neto del capital inmobiliario prevista para el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, no es aplicable cuando los rendimientos obtenidos son como consecuencia de la cesión de la explotación del inmueble a una entidad mercantil a la que se encarga la gestión de los alquileres del mismo.
En Aragón se extiende la deducción de la cuota íntegra autonómica por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales y se elimina el requisito de depósito de fianza para la deducción por arrendamiento de vivienda social.