El TCo declara inconstitucional y nulo el precepto legal que fija la cuantía del mínimo personal aplicable al tramo autonómico del IRPF en Cataluña vinculada a un determinado tramo de renta del contribuyente.
Los efectos se extienden a los pagos fraccionados efectuados de conformidad con la norma declarada inconstitucional, pero no a los efectuados según las redacciones introducidas con posterioridad (L 6/2018 y L 8/2018).
El Tribunal Constitucional considera que la modificación de los pagos fraccionados para contribuyentes con un importe de negocio superior a 10 millones de euros en su redacción dada por el RDL 2/2016 es inconstitucional al haberse utilizado como instrumento jurídico el RDL.
La solicitud de devolución de ingresos indebidos derivados de liquidaciones del IIVTNU firmes como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad contenida en la sentencia del TCo 59/2017, debe efectuarse a través de los procedimientos especiales de revisión previstos en la LGT. La declaración de inconstitucionalidad de la LHL art.107.1 y 107.2 a no determina que las liquidaciones firmes del IIVTNU giradas con anterioridad y que hayan ganado firmeza en vía administrativa incurran en el supuesto de nulidad de pleno derecho previsto en la LGT art.217.1.a), al no haber lesionado derechos fundamentales susceptibles de amparo constitucional.
Es posible reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por el pago indebido de las liquidaciones del IIVTNU tras la sentencia del TCo 59/2017.
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el art.107.4 de la LHL, relativo a la determinación de la base imponible del Impuesto, cuando la cuota resultante a pagar es mayor al incremento realmente obtenido por el contribuyente.
El Tribunal Constitucional ha publicado un adelanto de parte dispositiva de una sentencia por la que se ha declarado inconstitucional el IIVTNU cuando la cuota resultante a pagar es mayor al incremento realmente obtenido por el ciudadano.
Pueden utilizarse los valores recogidos en las escrituras de adquisición y transmisión para acreditar la existencia de una minusvalía en la transmisión del terreno.
La Subdirección General del INSS fija los criterios de actuación que se han de seguir a partir del 12-8-2019 para determinar de la cuantía de las pensiones de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial, destacándose que para la determinación del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de jubilación se han de tomar en consideración los periodos en los que el trabajador hubiera permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, señalándose asimismo los efectos sobre las situaciones concurrentes a la indicada fecha.
En línea con lo declarado por el TJUE (TJUE 8-5-19, C-161/18, asunto Villar Láiz), el Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad de la norma que impone la aplicación del coeficiente de parcialidad a la hora de establecer el número de días cotizados para la determinación de la cuantía de las pensiones de jubilación por considerar que vulnera el derecho de igualdad y constituye una discriminación indirecta por razón de sexo.