Se han regulado los requisitos y el procedimiento para aplicar la exención de la cuota del IBI del ejercicio 2022 de los inmuebles rústicos propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, aprobada por el RDL 4/2022 como una de las medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía.
Se regulan para el ejercicio 2021, declaración a presentar en 2022, los plazos para la presentación de la declaración de la renta y, en su caso, los de ingreso de la deuda resultante.
Se aprueba una exención de la cuota del IBI del ejercicio 2022 de los inmuebles rústicos propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones.
Para el ejercicio 2021, se incrementa el porcentaje de reducción del rendimiento neto de módulos para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
Araba ha aprobado los índices y módulos del régimen especial simplificado del IVA, así como las instrucciones correspondientes, aplicables desde el 1-1-2022.
Se suprime la presentación mediante soporte directamente legible por ordenador a la Hacienda Foral de Navarra de determinados modelos de declaración informativa anual.
Las modificaciones en suelo rústico afectan a: usos y actividades, con especial consideración a las vinculadas a explotaciones agrícolas y ganaderas y las artesanales; condiciones de las edificaciones en suelo rústico (superficie mínima de la parcela a ocupar) y edificaciones existentes de carácter tradicional.
La garantía de la devolución del préstamo mediante la entrega de un bien mueble no constituye un aval sino un derecho real de prenda sin desplazamiento sujeta al ITP y AJD.