Cotización empleados del hogar (RS 36/22 06 de Septiembre de 2022 al 12 de Septiembre de 2022)
Se establecen las bases y tipos de cotización para el 2023.
Se establecen las bases y tipos de cotización para el 2023.
Se introducen reducciones y bonificaciones en la cotización de los empleados de hogar, y se les aplican deducciones ya existentes.
La prestación por desempleo pasa a formar parte de la acción protectora del sistema especial de empleados del hogar, siendo por tanto, desde el 1-10-2022, obligatoria su cotización.
Se incluye en el ámbito subjetivo del FOGASA al colectivo de empleados del hogar en caso de insolvencia del empleador y se establecen las bases y el tipo de cotización aplicable desde el 1-10-2022 hasta el 31-12-2022.
A partir del 1-1-2023, se elimina la distinción de los empleados de hogar que prestan servicios durante más o menos de 60 horas mensuales por empleador, asumiendo estos en todo caso las obligaciones que afectan al empleado de hogar en materia de cotización y alta.
Se produce la equiparación de las víctimas de violencias sexuales a las de víctimas de violencia de género en materia de permisos, movilidad y excedencias.
Se aprueba la reforma concursal que transpone la Dir (UE) 1023/2019 de reestructuración e insolvencia, modificando completamente el derecho preconcursal, e introduce medidas dirigidas a agilizar y mejorar la eficiencia del procedimiento concursal, como el nuevo procedimiento especial para microempresas o la modificación del régimen de segunda oportunidad
A partir del 7-10-2022, las mujeres extranjeras víctimas de violencias sexuales en situación administrativa irregular tienen los mismos derechos reconocidos al resto de las víctimas, así como a la residencia temporal y el trabajo conforme al mismo procedimiento establecido para las víctimas de violencia de género.
No es necesario estar al corriente del cumplimento de las obligaciones con la seguridad social para obtener la reducción de cuotas en caso de IT por contingencias comunes de trabajadores que hubieran cumplido 62 años.
A partir del 26-9-2022, el concurso de acreedores no puede dar lugar a la resolución judicial del plan de pensiones del concursado.
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