Cómputo de los días pasados en España durante el estado de alarma a efectos de la residencia fiscal en nuestro país (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Los días pasados en nuestro país durante la duración del estado de alarma cuentan a efectos de determinar la residencia fiscal en España.

El TS se pronuncia sobre el registro erróneo de ingresos y gastos (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

No es posible que la Administración tributaria impute temporalmente los gastos contabilizados según el criterio del devengo y no haga lo mismo con los ingresos contabilizados anticipadamente a su devengo.

Se pospone la entrada en vigor de diversas medidas en IVA relacionadas con el comercio electrónico transfronterizo (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

La pandemia provocada por la COVID-19, pospone la entrada en vigor de diversas medidas comercio electrónico transfronterizo entre empresas y consumidores.

Constitución de complejo inmobiliario privado (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

La escritura de constitución de un complejo inmobiliario privado queda sujeta al impuesto cuando además de las normas o reglas de administración, recoge una valoración expresa de la promoción inmobiliaria que se declara.

Presentación por error de una autoliquidación del IIVTNU en un supuesto de no sujeción (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Cuando en un una transmisión no sujeta al IIVTNU, el ayuntamiento admite como firmes y consentidas las autoliquidaciones presentadas por los sujetos pasivos, con ello está reconociendo que califica dicha operación como sujeta a tributación por el IIVTNU, sin que posteriormente pueda ir contra sus actos propios.

Impugnación de las pretensiones rechazadas por el TEA en los supuestos de estimación parcial (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

En aquellos supuestos en los que se produzca la estimación parcial de reclamaciones económico-administrativas instadas contra liquidaciones o/y sanciones, las pretensiones sustanciales que hubieran sido rechazadas pueden ser objeto de revisión ante la jurisdicción contencioso-administrativa, sin que sea necesario que el interesado espere a que se practiquen nuevas liquidaciones o/y sanciones por la Administración tributaria en sustitución de las parcialmente anuladas.

Vigencia temporal en el IGIC del tipo del 0% para los bienes utilizados contra el coronavirus (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Se amplía la vigencia temporal de un tipo 0% en el IGIC en la importación y entregas de bienes necesarios para combatir los efectos del coronavirus.

Insultos reiterados con intención de ofender sin provocación o abuso empresarial (RS 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Es procedente el despido de una trabajadora que con intención de ofender profirió insultos contra el hijo de los dueños, generando un segundo altercado grave, seis días después, contra la propia dueña del taller, en presencia de otras trabajadoras. Sería sumamente injusto obligar al empleador a confiar y convivir con esa trabajadora. Las ofensas de la trabajadora carecen de justificación, pues, aunque proferidas en un clima de tensión, no responden a una provocación o abuso empresarial. No puede ser óbice de la procedencia del despido la larga trayectoria de diligencia en la empresa de la despedida, pues los hechos posteriores evidencian que si tenía razones, las perdió.

Reducción de jornada para cuidar a una hija con enfermedad grave con retribución íntegra (RS 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Se reconoce el derecho a reducción de jornada por cuidado de un menor con enfermedad grave que no requiere hospitalización, pero sí cuidado directo, continuo y permanente, incluso en el caso de que el menor esté escolarizado.

Retribución de residentes contratados por el Ministerio de Justicia o por CCAA con competencias en justicia (RS 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)

Los residentes contratados por el Ministerio de Justicia o por las Consejerías de las CCAA con competencias en justicia deben percibir su retribución conforme a lo establecido en la legislación que resulte aplicable, incluyendo la retribución por las guardias que realicen. En ningún caso la remuneración correspondiente a la jornada ordinaria puede ser inferior a la prevista en el RD 1146/2006 respecto del sueldo, complemento de grado de formación y pagas extraordinarias.