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Una funcionaria solicitó una reducción de jornada para cuidar a su hija de 5 años, enferma de diabetes Mellitus tipo 1, considerada como enfermedad grave. La niña, pese a estar escolarizada, necesitaba dos controles de azúcar en horario escolar que debía realizar la madre, ya que el centro no contaba con personal sanitario para ello.Los funcionarios tienen reconocido el derecho a reducir su jornada de trabajo en, al menos, la mitad de la duración sin ver reducida su retribución, en el caso de tener un hijo afectado por cáncer durante la hospitalización y tratamiento continuado o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente acreditado por el informe del Servicio Público de Salud (EBEP art.49 e).A falta del desarrollo reglamentario del mencionado precepto, se toma en cuenta que la Diabetes Mellitus tipo 1 es una enfermedad grave que precisa atención continuada y permanente (RD 1148/2011 Anexo). Además, es un hecho la falta de personal sanitario en los colegios públicos para atender las necesidades sanitarias de carácter permanente.Por todo ello, este derecho reconocido en el EBEP resulta de aplicación en este caso, pese a no ser necesaria la hospitalización de la menor y pese a que esté escolarizada, ya que sí es necesario un cuidado directo, continuo y permanente que, dadas las circunstancias, ha de prestarse por la madre.TS cont-adm 3-6-20, Rec 78/18EDJ 569326
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