Modificación del Reglamento foral del IRPF
Se adapta el Reglamento foral del IRPF a las modificaciones introducidas en la Ley Foral del Impuesto.
Se adapta el Reglamento foral del IRPF a las modificaciones introducidas en la Ley Foral del Impuesto.
Se aprueba la tabla de retenciones, se adaptan determinados aspectos para la determinación del rendimiento neto y de las rentas del trabajo en especie.
Se aplica una reducción del 40% a los rendimientos procedentes de viviendas que estuviesen arrendadas a 31-12-2017, siempre que se cumplan determinados requisitos. Se adapta el porcentaje de retención a practicar sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles contemplado en el Reglamento foral al establecido en la ley foral (19%).
Se adapta el porcentaje de retención a practicar sobre los rendimientos del capital mobiliario contemplado en el Reglamento foral al establecido en la ley foral (19%). Constituye la base del pago a cuenta sobre los rendimientos de los Planes de Ahorro a Largo Plazo, el importe de los rendimientos positivos obtenidos durante la vigencia del Plan, a los que les hubiera resultado de aplicación la exención del impuesto. La obligación de realizar ese pago a cuenta nace en el momento en el que, con anterioridad al plazo de 5 años desde la apertura del Plan, se produzca cualquier disposición del capital resultante o se incumpla el límite de aportaciones.
Se suprime la presunción en relación con la afectación a actividades empresariales y profesionales de los elementos de transporte, se adapta el tratamiento de la amortización mínima a las modificaciones mercantiles y fiscales y se introducen novedades en el método de estimación objetiva.
Se incorporan al Reglamento de IRPF, entre otros, el concepto de vivienda habitual así como el de rehabilitación, ya que se necesita mantenerlos para aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
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