Fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor de empresa (RF 52/20 22 de Diciembre de 2020 al 28 de Diciembre de 2020)

Con efectos desde 1-1-2020, la exención prevista para las retribuciones en especie derivadas de fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor de empresa también se aplica cuando la prestación se efectúe para su consumo fuera del local del establecimiento de hostelería, tanto en el caso de su recogida en el mismo por el propio trabajador, como en el de su entrega en su centro de trabajo o, en el caso de un día de trabajo a distancia o de teletrabajo, en el lugar elegido por aquel para desarrollar este último.

Rendimientos del trabajo en el IRPF

Se aprueba la tabla de retenciones, se adaptan determinados aspectos para la determinación del rendimiento neto y de las rentas del trabajo en especie.

Rendimientos del trabajo exentos por gastos por comedores de empresa

Desde el 1-1-2018, la cuantía diaria exenta de las fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor (vales-comida o documentos similares, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago que se entregan al trabajador para atender dicha necesidad) se eleva a 11 euros diarios.

Exclusión o exención de rendimientos de trabajo como salario en especie

Diversos conceptos que hasta ahora no tenían la consideración de rendimiento de trabajo en especie, pasan ahora a formar parte de una lista en la que, si bien sí tienen esa consideración, están exentos en las mismas condiciones establecidas con anterioridad.