Una entidad residente en España es la dominante de un grupo de consolidación fiscal, formado por tres entidades dependientes. Asimismo, posee el 100% de participación indirecta en dos entidades residentes en España a través de una sociedad sometida a la […]
La AEAT ha emitido un informe para clarificar distintos aspectos de la exclusión de entidades del grupo por desequilibrio patrimonial, destacando las facultades de la Administración tributaria y la forma en que debe calcularse.
Se considera contraria a la normativa europea una normativa nacional que no permita aplicar el régimen de consolidación cuando la participación en entidades residentes sea a través de otras no residentes sin establecimiento permanente en dicho territorio. También cuando no se permite aplicar dicho régimen a entidades «hermanas» residentes participadas por una matriz que no tiene su domicilio ni un establecimiento permanente en el Estado miembro.
Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se modifica el régimen fiscal especial de SOCIMI. Como principal novedad, destaca el establecimiento para estas entidades de una tributación al tipo de gravamen del 0% respecto de las rentas que proceden del desarrollo de su objeto social y finalidad específica.