Presentación de solicitudes (RS 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)
Se amplía el plazo de presentación de solicitudes con posibilidad de efectos retroactivos al 1-6-2020, de los 3 meses desde el 15-6-2020 al 1-1-2021.
Se amplía el plazo de presentación de solicitudes con posibilidad de efectos retroactivos al 1-6-2020, de los 3 meses desde el 15-6-2020 al 1-1-2021.
Se amplían los supuestos en los que el INSS puede reconocer la prestación transitoria de ingreso mínimo vital; se establece la actualización de su cuantía con efectos del 1-1-2021, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio anterior; así como que a partir del 1-1-2022 la prestación transitoria devendrá en la prestación de ingreso mínimo vital.
Tras las vicisitudes normativas de las últimas modificaciones, las previsiones de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico van a producir efectos a partir del día 2-4-2021 (y no el 2-10-2020 como estaba previsto).
El Plan MECUIDA, adoptado para paliar los efectos del Coronavirus, cuya vigencia terminaba el 21-9-2020, permanecerá vigente hasta el 31-1-2021.
Se adecua la fecha de aplicación de algunas de las medidas previstas para las operaciones de sujetos pasivos no establecidos con consumidores finales y que realicen ventas a distancia.
Los ciudadanos y los profesionales en su actividad judicial han de tener acceso a los sistemas de identificación y firma previstos en la normativa sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A partir del 1-6-2021 tiene que estar en funcionamiento un Tablón Edictal Único gratuito que gestionará el BOE. Las sedes judiciales electrónicas han de disponer, entre los servicios a disposición de los ciudadanos y profesionales, de un enlace a dicho Tablón.
Se reproduce el texto anterior con alguna modificación. Además, se amplía la vigencia de todas las medidas tecnológicas y de alguna de las organizativas hasta el 20-6-2021.
Entre las principales medidas adoptadas están la suspensión del deber de solicitar el concurso de acreedores, la tramitación preferente de determinadas actuaciones, entre ellas, los incidentes concursales en materia laboral, la posibilidad de modificación del convenio concursal y el aplazamiento del deber de solicitar la apertura de la fase de liquidación.
Se establece una regla especial en relación con las pérdidas del ejercicio 2020 a efectos de determinar si se está incurso en la causa de disolución obligatoria.
Como consecuencia de que Bilbao haya sido designada por la UEFA como una de las ciudades para albergar la fase final de la «UEFA Women’s Champions League 2020», se establece un régimen fiscal específico para dar cumplimiento a los compromisos internacionales adquiridos por España.
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