Con entrada en vigor el 16-1-2025 y el objetivo de actualizar la clasificación anterior (CNAE-2009), reflejando las nuevas actividades económicas que han surgido por los avances estructurales, científicos y tecnológicos, se ha aprobado una nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2025). En el ámbito tributario tiene efectos, entre otros, en la restricción a la compensación de bases imponibles negativas en el IS, en la determinación de sectores diferenciados en el IVA, y es parte de la información del Censo Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Aunque en el período de declaración solo se satisfagan rentas exentas, exceptuadas de la obligación de retener o ingresar a cuenta, hay obligación de presentar el modelo 123.
Se aprueba el modelo 192 de declaración anual de operaciones con Letras de Tesoro, así como el plazo y su forma de presentación.
Se sustituye el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF, IS e IRNR (establecimientos permanentes), y se modifican sus diseños físicos y lógicos.
Se modifica la orden por la que se desarrolla el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas para aclarar la aplicación del texto refundido de la ley del impuesto sobre la renta de no residentes a estos sujetos pasivos.
La expedición de facturas que no reflejan operaciones reales justifica su consideración como facturas falsas, al ser calificada la conducta del obligado tributario como culpable, lo cual justifica la motivación del acuerdo sancionador.
Una vez interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada ante el TEAC, este puede dictar resolución expresa declarando la inadmisibilidad de la reclamación si la misma se ha interpuesto de forma extemporánea. El juez sólo puede examinar el fondo del asunto si determina que la declaración de inadmisibilidad no es ajustada a derecho.
Se modifican los modelos 036 y 030 de declaración censal con el objetivo de introducir algunas mejoras de carácter técnico para adaptarlos a la obligación de información sobre la titularidad real de las personas jurídicas y entidades, permitir la solicitud de rehabilitación del NIF y establecer algunos cambios relativos a la gestión de avisos de carácter informativo de determinados órganos. Además, se suprime el modelo 037.
Se actualizan los modelos de declaración informativa 172, 182, 198 y 289 para adecuar su contenido a la normativa vigente.
Se plantean en dos consultas si es válida como materialización la adquisición de un inmueble que se estaba utilizando en arrendamiento y de un piso para utilización en exclusiva por el personal de la empresa.