Se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios y de arrendamientos sin garantía hipotecaria, que se produzcan en aplicación de la moratoria hipotecaria para el sector turístico.
A efectos de determinar en ciertas actividades el rendimiento neto en el régimen de estimación objetiva, se deben de tener en cuenta los días señalados como periodos de inactividad para no computar ninguna unidad de módulo durante estos periodos.
Ante la situación generada por la evolución del coronavirus (COVID-19), se establecen los días de inactividad para determinadas actividades acogidas al régimen simplificado del IVA y una reducción en la cuota correspondiente al segundo trimestre en el impuesto.
Para paliar los efectos generados por la evolución del coronavirus (COVID-19), se amplía el plazo de suministro de los asientos contables correspondientes al año 2020 y se posibilita el ejercicio de la opción para el suministro electrónico de los asientos contables a partir del sistema contable interno del que dispongan, en su caso, los obligados.
Dentro de las medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus, se recoge un beneficio fiscal en el ISD relacionado con la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento.
Las comercializadoras de electricidad y gas natural y las distribuidoras de gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización quedan eximidas de la liquidación de determinados impuestos, correspondientes a las facturas cuyo pago haya sido suspendido en virtud de las medidas adoptadas ante la evolución del COVID-19.
Se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.
Se aprueban en Navarra medidas extraordinarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus entre las que destaca la exención de las prestaciones derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario y la deducción para la transformación digital de las empresas.
Con el fin de que todos los contribuyentes del IRPF e IP que presenten las autoliquidaciones dentro del periodo voluntario puedan domiciliar el pago – incluso aquellos que las presenten entre el 10-7-2020 y el 20-7-2020-, se pospone la fecha del primer fraccionamiento de pago hasta el 28-7-2020.
Se regula la presentación del impuesto para las entidades que se hayan acogido a la ampliación de plazos de formulación y aprobación de las cuentas anuales; se amplía, hasta el 30-11-2020, el plazo de presentación de documentos ante la Hacienda Foral de Navarra para las fundaciones que se hayan acogido a la mencionada ampliación de plazos; se crea la deducción para la transformación digital de las empresas; y se aplica sin sujeción al límite del 25% de la cuota líquida, la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables.