Se traslada a nivel reglamentario la modificación ya introducida a nivel normativo del concepto de parejas de hecho; se adecúa la excepción a la obligación de retener e ingresar a cuenta relativa a los intereses percibidos por sociedades de valores, por créditos otorgados para operaciones de compra y venta de valores; y se desarrollan las comunicaciones a realizar por los participantes en la financiación de proyectos de I+D o IT realizados por entidades innovadoras de nueva creación y por entidades de capital-riesgo que obtengan determinadas rentas. Además, se desarrollan los incentivos fiscales para el fomento de la cultura.
Se modifican el Reglamento de desarrollo de la NFGT en materia de revisión en vía administrativa, el de Recaudación, el de IRPF, el de IS, el de ITP y AJD y otros Reglamentos tributarios.
Se desarrollan en los Reglamentos del IRPF e IS las modificaciones introducidas para el año 2022 en la normativa de estos impuestos, y se adecúa su contenido a esas modificaciones. Por otra parte, se introducen otra serie de modificaciones en los citados textos reglamentarios, así como en el Reglamento en materia de revisión en vía administrativa, para adecuarlos y actualizarlos a la vigente regulación normativa.
Se aprueba el modelo 720, de declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero, así como los diseños lógicos a los que deberían ajustarse los ficheros que se generen para la presentación de este modelo por medios electrónicos.
Se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática de las declaraciones del modelo.