Novedades en la Comunidad Valenciana (RF 43/22 25 de Octubre de 2022 al 31 de Octubre de 2022)

Con efectos a partir del 28-10-2022, se modifica la normativa autonómica en materia de IRPF para adecuar la carga tributaria del contribuyente al actual escenario de inflación, mediante la modificación de la escala autonómica, la elevación de los mínimos personales, familiares y por discapacidad, y la modificación de los importes y límites de determinadas deducciones, así como la creación de otras nuevas.

Modificación del Convenio Económico con Navarra (RF 42/22 18 de Octubre de 2022 al 24 de Octubre de 2022)

Se modifica el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra para adaptarlo a las novedades introducidas en el ordenamiento jurídico tributario estatal.

Novedades en el Convenio Económico con Navarra en materia de IVA (RF 42/22 18 de Octubre de 2022 al 24 de Octubre de 2022)

Se modifica el Convenio Económico en materia de exacción del impuesto para, por un lado, actualizar la cifra umbral de volumen de operaciones que delimita la competencia y, por otro, adaptarse a la reforma comunitaria en relación con comercio electrónico transfronterizo. Además, se introducen novedades en la gestión e inspección y un procedimiento de coordinación de competencias inspectoras en el impuesto.

Ganancias de patrimonio no justificadas por bienes y derechos en el extranjero (RF 40/22 04 de Octubre de 2022 al 10 de Octubre de 2022)

El TEAC efectúa una interpretación de la LIRPF art.39.2 (actualmente derogado) al amparo de la jurisprudencia del TJUE al respecto.

Deducibilidad del IVA repercutido puesto de manifiesto en una inspección (RF 40/22 04 de Octubre de 2022 al 10 de Octubre de 2022)

El IVA devengado cuya repercusión es obligatoria, tanto si la repercusión es posible como si no puede llevarse a efecto, no tiene la consideración de gasto fiscalmente deducible para el sujeto pasivo que realiza la operación gravada.

Incentivo al empleo de los perceptores del IMV (RS 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

El incremento de los ingresos de los beneficiarios del IMV que procedan de rentas de trabajo o de la actividad económica por cuenta propia tendrá un importe exento que permitirá, en su caso, el mantenimiento del derecho a la prestación.

Tratamiento del gasto de personal de un trabajador que es socio de la empresa (RF 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

Los gastos relativos a la retribución que perciba un socio mayoritario no administrador, como consecuencia de los servicios prestados en favor de la actividad empresarial de la sociedad, son fiscalmente deducibles cuando, observando las condiciones legalmente establecidas a efectos mercantiles y laborales, están contabilizados, imputados con arreglo a devengo y justificados documentalmente.

Documentación acreditativa de la edad del extranjero (RS 38/22 20 de Septiembre de 2022 al 26 de Septiembre de 2022)

Las dudas acerca de la edad del menor extranjero no acompañado que consta en una documentación oficial no invalidada ni desacreditada no pueden prevalecer frente a esta, ni las técnicas médicas pueden aplicarse indiscriminadamente, sea persona documentada o no.

Calificación de gastos financieros como donaciones o liberalidades (RF 37/22 13 de Septiembre de 2022 al 19 de Septiembre de 2022)

Los gastos financieros devengados por un préstamo relacionado de forma directa e inmediata con el ejercicio de la actividad empresarial de la sociedad, aunque no con un concreto ingreso u operación, no constituyen un donativo o liberalidad, pues tienen causa onerosa al igual que el préstamo a cuyo cumplimiento responden.

Transmisiones realizadas con anterioridad a la declaración de inconstitucionalidad de la sentencia del TCo 182/2021 (RF 37/22 13 de Septiembre de 2022 al 19 de Septiembre de 2022)

Tras la sentencia del TCo 182/2021, un ayuntamiento no puede liquidar el Impuesto a un contribuyente que ha presentado una declaración antes de que se dictara la citada sentencia, porque los preceptos que regulan la determinación de la base imponible vigentes en la fecha de devengo han sido declarados inconstitucionales y nulos. No obstante, el contribuyente si está obligado al pago del Impuesto cuando lo que presentó fue una autoliquidación, al considerarse como una situación consolidada por tratarse de una autoliquidación cuya rectificación no ha sido solicitada a la fecha de dictarse la citada sentencia.