Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, se aprueba un desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES en materia de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil sobre las aportaciones sociales, las operaciones con acciones y participaciones propias, la aplicación del resultado, el aumento y reducción del capital y, en general, otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.
Con el objetivo de desarrollar los criterios para el registro de las implicaciones contables de la regulación mercantil de las sociedades de capital en materia de aplicación del resultado, entre otras, se excluyen determinados conceptos que no pueden ser objeto de reparto y se concreta la contabilización en el socio del reparto de beneficios.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, se aprueba un desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES en materia de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil sobre las aportaciones sociales, las operaciones con acciones y participaciones propias, la aplicación del resultado, el aumento y reducción del capital y, en general, otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.
Se aprueban los criterios de presentación de instrumentos financieros y de las implicaciones contables de la regulación mercantil de las sociedades de capital.
Con efectos aplicables a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2020, introduce una definición de beneficio distribuible que permita conciliar las magnitudes contables con las que se utilizan a efectos mercantiles para determinar la base de reparto a los socios, y poder evaluar si después del acuerdo de distribución el patrimonio neto es inferior al capital social.
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