Con entrada en vigor el 27-11-2019, se ha publicado el Protocolo y Memorando de entendimiento que modifican el CDI con EEUU, introduciendo múltiples modificaciones, algunas de ellas de gran calado.
En un supuesto de fraude de ley doméstica, no cabe acudir al procedimiento amistoso entre dos Estados previsto en el CDI.
Un nacional de otro Estado y residente en él, no puede ser sometido en España a ningún impuesto que no se exija, o sea más gravoso que los exigidos, a los españoles en las mismas circunstancias.
La recaudación de deudas tributarias en asistencia mutua no obliga al Estado asistido a traducir el procedimiento, ni su falta de traducción conlleva su nulidad.
Con entrada en vigor el 24-7-2018, se ha publicado un nuevo Protocolo que modifica el CDI Bélgica, que modifica varias materias tratadas en este último.
Con efectos a partir del 27-7-2018, España y Finlandia han firmado un nuevo CDI, que sustituye al anterior del 15-11-1967.
Se ha publicado el Protocolo que modifica el CDI Bélgica, en relación al intercambio de información, y su entrada en vigor se produjo el 23-4-2018.
Con efectos 26-1-2018 se modifica el listado elaborado por la UE sobre los países y territorios no cooperadores a efectos fiscales.