Prórroga de los ERTE por fuerza mayor derivados del coronavirus (RS 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

Por la persistencia de los efectos de la crisis sanitaria, se mantienen los expedientes por fuerza mayor, basados en las medidas específicas establecidas por el coronavirus, que hayan sido solicitados antes del 27-6-2020 y, como máximo, hasta el 30 de septiembre de 2020. Estas empresas y entidades deben proceder a reincorporar a las personas trabajadoras afectadas por medidas de regulación temporal de empleo, en la medida necesaria para el desarrollo de su actividad, manteniéndose las obligaciones previstas en relación con las comunicaciones a la autoridad laboral de la renuncia a las medidas de suspensión o reducción de jornada. Se prohíbe la realización de horas extraordinarias, establecerse o reanudarse externalizaciones de la actividad, concertar nuevas contrataciones, sean directas o a través de ETT, durante la aplicación de estos expedientes de regulación temporal de empleo. Asimismo, se prorrogan hasta el 30 de septiembre, las medidas de protección del desempleo asociadas a los mismos y se establecen diferentes medidas exención del pago de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.

Prestación de cese de actividad y trabajo por cuenta propia (RS 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

Desde el 27-6-2020, se prevé la posibilidad de compatibilizar la prestación de cese de actividad prevista en la LGSS con el trabajo por cuenta propia hasta el 30-9-2020 de acuerdo con la siguiente regulación.

Medidas en el IRPF a consecuencia del coronavirus (RF 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

Se aprueban en Navarra medidas extraordinarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus entre las que destaca la exención de las prestaciones derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario y la deducción para la transformación digital de las empresas.

Condonación de las rentas en un arrendamiento de local durante el estado de alarma (RF 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

La condonación de rentas en un arrendamiento de local cuando sea imposible durante la vigencia del estado de alarma desarrollar la actividad económica, no supone la existencia de un autoconsumo gravable.