Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural de 2025 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
Entre las novedades introducidas, además de la simplificación de los requisitos de acceso a ciertos beneficios fiscales, destacan el establecimiento de una bonificación para las adquisiciones lucrativas inter vivos cuya base imponible no supere los 1.000 euros, y la mejora de las bonificaciones aplicables a sujetos pasivos incluidos en el Grupo III de parentesco, al incrementar el porcentaje de la bonificación y los contribuyentes que pueden disfrutar de la misma.
La penalización abonada por la comunidad de propietarios a la suministradora de gas por rescindir el contrato anticipadamente está sujeta al impuesto.
Ante la situación de estado ruinoso de un inmueble, procede la rectificación de su valor de referencia aplicando un coeficiente cero.
Se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico que afectan a la regularización de las bonificaciones en el IBI y en el IAE.
Con efectos desde el 25-6-2025, y con el fin de favorecer la electrificación industrial, se aprueban medidas urgentes para el reforzar el sistema eléctrico que afectan, entre otras, al elemento tributario potencia instalada en el IAE, utilizado normalmente en las actividades mineras e industriales clasificadas en las agrupaciones 1 a 4 de las Tarifas del impuesto, para excluir, de forma expresa, las potencias de los hornos y calderas eléctricos.
La naturaleza sancionadora del régimen de responsabilidad subsidiaria de los administradores prohíbe la responsabilidad objetiva de estos e impone a la Administración la carga de aportar los elementos de prueba que fundamenten el presupuesto de esta responsabilidad, aplicando, en caso de duda, el principio in dubio pro reo.
Se actualiza el reglamento del IRPF para adaptarlo a lo regulado en la norma foral del impuesto.
Entre las novedades, destaca la adaptación de la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en territorio común sobre los tipos superreducidos y sobre el ingreso del impuesto en los carburantes.
Se aprueba el nuevo modelo 576 de autoliquidación del IMT, que sustituye al anterior modelo 565. Asimismo, se aprueban los diseños lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática de las autoliquidaciones de este nuevo modelo.