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Con efectos desde el 25-6-2025, y con el fin de favorecer la electrificación industrial, se permite a las entidades locales regular una bonificación en relación con la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía ambiente de hasta:- el 50% de la cuota íntegra del IBI para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado estos sistemas; y – el 95% en el ICIO a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen los mismos.En ambos casos, las instalaciones deben disponer de la correspondiente homologación por la Administración competente.RDLeg 2/2004 art.74.5 redacc RDL 7/2025 art.28.Uno, BOE 25-6-25; RDLeg 2/2004 art.103.2 redacc RDL 7/2025 art.28.Dos, BOE 25-6-25; RDL 7/2025 disp.final séptima, BOE 25-6-25
Actualidad jurídica
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