Está exenta del Impuesto la ganancia patrimonial puesta de manifiesto por la venta de la vivienda habitual, que se encuentra hipotecada, mediante subasta o venta concurrencial ante la administración concursal.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Si los anteriores socios de la transmitente no han podido deducirse las pérdidas por deterioro o las rentas negativas generadas en la transmisión de las participaciones, al no producirse una doble compensación de pérdidas no resulta de aplicación la limitación a la compensación de bases imponibles negativas.
Habiendo legado la causante a la recurrente el inmueble mencionado con todos los muebles y enseres que se encontraban en su interior, no resulta contrario a Derecho el cálculo que hace la Administración de tales bienes aplicando sobre el valor de la vivienda la regla prevista en la LISD para valorar el ajuar doméstico.
La modificación de la base imponible prevista en LIVA art.80 no está supeditada a que la factura rectificativa se remita mediante un método que per sé acredite el envío y su contenido, pudiéndose utilizar otros medios de prueba. El plazo establecido para la modificación de la base imponible es respetuoso con el derecho europeo.
Queda excluido de tributación un contrato de arrendamiento que no puede ser inscrito en el registro competente ante la falta de consentimiento válido, al no ser suficiente la representación de los menores intervinientes
Debe entenderse comprendido en la exención cualquier procedimiento de enajenación de la vivienda habitual hipotecada realizado en un procedimiento judicial que tenga como finalidad el pago de la deuda garantizada con la hipoteca.
Se actualizan los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo.
Se actualizan los porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo y, se introducen ciertas modificaciones en la obligación de declarar y en el cálculo del rendimiento neto en actividades agrícolas y ganaderas.