Con el objetivo de elevar el nivel de control sobre el fraude, se desarrolla el contenido de ciertas obligaciones tributarias relacionadas con el proyecto Batuz para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones a los contribuyentes que realizan actividades económicas.
Se pone a disposición del contribuyente un borrador de autoliquidación por este impuesto, elemento que permite ampliar la labor de asistencia de la Administración tributaria de Bizkaia.
Mediante corrección de errores, se ha procedido a modificar la entrada en vigor de la OM HAC/773/2019, por la que se regula la llevanza de libros registros en el IRPF, de manera que la orden señalada entrará en vigor el día 1-1-2020 y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes.
Mediante corrección de errores, se ha procedido a modificar la entrada en vigor de la OM HAC/773/2019, por la que se regula la llevanza de libros registros en el IRPF, de manera que la orden señalada entrará en vigor el día 1-1-2020 y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes.
Con efectos a partir del 18-7-2019, se aprueba una nueva Orden por la que se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF. Como novedades, destaca la obligación de consignar el NIF de la contraparte de la operación en las anotaciones en los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos; así como la compatibilidad de estos libros como libro fiscal de los impuestos que así lo prevean y, en particular, del IVA, siempre que se efectúen las adiciones necesarias.
Con efectos a partir del 18-7-2019, se aprueba una nueva Orden por la que se regula la llevanza de los libros registros en el IRPF. Como novedades, destaca la obligación de consignar el NIF de la contraparte de la operación en las anotaciones en los libros registros de ventas e ingresos y de compras y gastos; así como la compatibilidad de estos libros como libro fiscal de los impuestos que así lo prevean y, en particular, del IVA, siempre que se efectúen las adiciones necesarias.
Con efectos a partir del 1-1-2019, se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales y el Reglamento de facturación.