Si la sociedad matriz no ha depositado las cuentas anuales consolidadas del grupo en el Registro Mercantil, las filiales no podrán formular cuentas anuales abreviadas, aunque cumplan los requisitos para ello, debiendo formularlas en el modelo normal.
Se aprueba el desarrollo reglamentario del PGC y PGC PYMES en relación con ciertos aspectos de la disolución y liquidación de sociedades.
Se publica una nueva circular donde se regula la información periódica de los emisores con valores admitidos a negociación en mercados regulados relativa a los informes financieros semestrales, las declaraciones intermedias de gestión y, en su caso, los informes financieros trimestrales.
Se modifica la NIC núm 7 para incorporar, en el estado de flujos de efectivo, información sobre los cambios en los pasivos derivados de actividades de financiación.
La presente consulta plantea si la modificación introducida en el modelo de memoria abreviado y de pequeñas y medianas empresas por el RD 602/2016 resulta de aplicación también a las entidades sin fines lucrativos (ESFL), y a los modelos que deben formular dichas entidades.
Las entidades que elaboran cuentas anuales abreviadas no deben elaborar informe de gestión, con independencia de que deban o no someter sus cuentas anuales a revisión por un auditor.
Se actualizan los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, aprobadas a partir del 6-2-2014, y se da publicidad a las traducciones a las lenguas cooficiales propias de cada Comunidad Autónoma.
Se ha procedido a modificar el modelo establecido en la OM JUS/1698/2011, por la que se aprueba el modelo para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas.
Con efectos a partir del 29-9-2013, el emprendedor de responsabilidad limitada está obligado a formular y, en su caso, someter a auditoría las cuentas anuales correspondientes a su actividad empresarial o profesional de conformidad con lo previsto para las sociedades unipersonales de responsabilidad limitada, así como a su depósito en el Registro Mercantil.
Con efectos a partir del 5-8-2012, se ha aprobado la Circ CNMV 1/2012, que modifica la Circ CNMV 6/2010, sobre operaciones con instrumentos derivados y de otros aspectos operativos de las IIC; la Circ CNMV 4/2008, sobre el contenido de los informes trimestrales, semestral y anual de las IIC y del estado de posición; y la Circ CNMV 3/2006, sobre folletos explicativos de las IIC.