Novedades reglamentarias en la constitución, inscripción, funcionamiento y modificaciones posteriores de los fondos de pensiones

Desde el 3-8-2014 el Reglamento de planes y fondos de pensiones establece que la autorización administrativa para su constitución se concede por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Además se establecen nuevos requisitos para su inscripción y funcionamiento; también respecto de la forma en que se han de realizar las modificaciones posteriores.

Murcia: novedades en materia de sucesiones

Se recogen dos nuevas reducciones aplicables en la comunidad autónoma de Murcia en materia de sucesiones.