Para facilitar que los afectados puedan atender necesidades sobrevenidas de liquidez, se prevé la posibilidad de que, de forma excepcional, puedan disponer anticipadamente de los derechos consolidados en los planes de pensiones de los que sean partícipes.
Desde el 7-11-2024, los contribuyentes que pueden beneficiarse de la no integración en el IRPF de las rentas positivas que se pongan de manifiesto con ocasión de la percepción de las ayudas directas establecidas en el
RDL 6/2024 art.11
, son los trabajadores autónomos que a 28-10-2024 tuvieran bien su domicilio fiscal bien su establecimiento de explotación o bienes inmuebles declarados como afectos a su actividad, ubicados en cualquiera de los municipios o áreas afectados por la DANA (se recogen en el
RDL 6/2024 anexo
), siempre que a esa fecha estuvieran dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y que hubieran presentado la autoliquidación correspondiente al IRPF ejercicio 2023 con actividades económicas declaradas.
Con efectos desde el 13-11-2024, se reduce en 2024 el rendimiento neto de módulos para los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en los municipios afectados.
Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se aprueban nuevos incentivos fiscales que afectan principalmente a las personas que realicen reparaciones en su vivienda habitual y a los contribuyentes que realicen aportaciones a fondos propios de entidades que realicen actividades económicas y tengan su domicilio en este territorio.
Con efectos 7-11-2024 se amplían los beneficiarios de las ayudas directas a empresas cuyas rentas positivas no se integran en la base imponible del IS.
Entre las medidas de apoyo a las personas afectadas por la DANA de octubre de 2024, se ha aprobado una bonificación aplicable a las adquisiciones mortis causa de parientes del causante pertenecientes al Grupo III, así como dos reducciones de la base imponible por adquisición lucrativa intervivos: una para paliar los daños materiales en bienes no afectos a actividades económicas, y otra para la adquisición de bienes afectos a la actividad de una empresa individual o de un negocio profesional. Además, se han prorrogado los plazos para la presentación y pago de ciertas autoliquidaciones.
Con efectos desde el 13-11-2024, se reduce en 2024 la cuota devengada por operaciones corrientes para los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en los municipios afectados. Además, se habilita un plazo extraordinario de renuncia al régimen.
Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se aprueban nuevos incentivos fiscales destinadas a que la reposición de inmuebles y vehículos destruidos por las inundaciones, así como a los actos de declaración de obra nueva y división horizontal necesarios para la obtención de ayudas a para su regularización registral.
Se establece que el depósito en vertederos de los residuos ocasionados entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024 por la DANA está exento del impuesto sobre depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos (
L 7/2022 art.89
).
Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se establece una exención en el canon de saneamiento para los consumos de agua realizados en las áreas afectadas.