Se consideran rendimientos procedentes de una actividad económica las comisiones percibidas por una persona física que utiliza fondos de una sociedad inversora (cuentas fondeadas o cuentas financiadas) para realizar operaciones de trading sin depósito, que se concretan en un porcentaje de la rentabilidad obtenida por la empresa.
El Tribunal Constitucional ha desestimado los recursos de inconstitucionalidad presentados por la Asamblea de Madrid y el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia respectivamente, contra el Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas.
El Tribunal Supremo establece que es posible incluir en la base de la deducción por I+D e IT, gastos de ejercicios anteriores no consignados en las autoliquidaciones correspondientes, sin necesidad de solicitar la rectificación de las autoliquidaciones de los periodos impositivos correspondientes a las deducciones no declaradas.
Se establece la obligatoriedad de presentación de determinadas autoliquidaciones del impuesto por determinados sujetos en el territorio de esta CA.
Las cuotas de IVA soportadas por las Universidades en la actividad de investigación básica son deducibles, al considerarse esta actividad parte esencial de su función económica y empresarial.
Se establece la obligatoriedad de presentación de determinadas autoliquidaciones del impuesto por determinados sujetos en el territorio de esta CA.
Cuando por circunstancias excepcionales en un determinado ejercicio un sector incurra en pérdidas, y la cuota a pagar sea superior al límite del 15% del beneficio medio presunto de la actividad gravada (LHL art.85.1), este hecho no supone una infracción de la citada disposición, porque lo que se pretende gravar son las fuentes teóricas de ingresos obtenidas por el sujeto pasivo atendiendo a la actividad normal del sector.
Se actualizan referencias normativas y se realizan adaptaciones técnicas para facilitar y mantener un correcto intercambio de información con el resto de las Administraciones Tributarias y, en consecuencia, una mejora en la gestión tributaria.
Se actualiza el modelo 20R, de comunicación de la opción para la aplicación del régimen especial de reestructuración empresarial.