Autoliquidación de los regímenes especiales de ventanilla única en el IVA de Bizkaia (RF 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Se modifica la fecha de presentación del modelo 369, de autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes, pasando a ser durante los 25 días del mes natural siguiente a la finalización del periodo al que se refiera la autoliquidación.

Ayudas de asistencia social que prestan las mutuas (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Se modifican las prestaciones complementarias de asistencia social que pueden conceder las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en caso de estados especiales y situaciones de necesidad derivados de accidente de trabajo o enfermedad profesional, y sus posibles beneficiarios.

Intereses sobre reclamaciones de deuda por prestaciones y recargos (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Se modifica la fecha límite del devengo de los intereses sobre la capitalización de las reclamaciones de deuda a los responsables, tanto de las prestaciones como de sus recargos por falta de medidas de seguridad, a la de emisión de la reclamación de deuda por la TGSS.

Flexibilización de la determinación de la fecha del hecho causante de la jubilación contributiva (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Desde el 16-6-2022 se flexibiliza la determinación del hecho causante de la pensión de jubilación contributiva (en todos los regímenes del sistema de Seguridad Social), salvo en su modalidad de jubilación parcial que tiene su norma específica. Se posibilita, con ciertas limitaciones, que sea el propio interesado el que indique la fecha en la cual, reunidos los requisitos legales, se deba fijar el hecho causante. Se clarifica así, la ubicación del hecho causante cuando un beneficiario tiene la posibilidad teórica de acceder a la jubilación en fechas diferentes y bajo distintas circunstancias, que pueden cambiar el contenido y los efectos económicos de la pensión correspondiente.

Fijación de la fecha del hecho causante del IMV (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Con el objeto de regular la determinación del hecho causante de la prestación no contributiva de ingreso mínimo vital, así como sus efectos económicos, este se considera producido en la fecha de presentación de la solicitud.

España se adhiere al Convenio OIT sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

España ha ratificado el Convenio núm. 190 de la OIT sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. El convenio, vigente con carácter general desde el 25-6-2021, entrará en vigor para España el 25-5-2023.

Derogación de normas reguladoras de determinados aspectos del acceso a la pensión de jubilación de los trabajadores del RETA (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Desde el 16-6-2022 quedan derogadas las normas reguladoras de determinados aspectos del acceso a la pensión de jubilación de los trabajadores del RETA que regulan las materias objeto de la nueva regulación sobre la determinación del hecho causante y de los efectos económicos de la pensión de jubilación

Revisión salarial para el año 2022 del Ccol personal de salas de fiesta, baile y discotecas de España (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Se publican las tablas salariales, de aplicación desde el 1-1-2022, que suponen un incremento del 6,75 % sobre las retribuciones de 2020 para todas las categorías profesionales. Se incrementan, asimismo, las cuantías a percibir en concepto de bolos (133,68 euros por día) y de plus transporte (6,33 por día efectivamente trabajado).

Datos que debe contener la solicitud de alta de los trabajadores (RS 24/22 14 de Junio de 2022 al 20 de Junio de 2022)

Se procede a ampliar los datos que deben constar en la solicitud de alta de los trabajadores. A los ya existentes, a partir del 2-1-2023, se añaden: el nivel de formación académica, la ocupación laboral, única o principal, y el centro de trabajo al que figura adscrito el trabajador por cuenta ajena cuya alta se solicita. El nivel de formación académica y la ocupación laboral deben incluirse con arreglo, respectivamente, a las clasificaciones nacionales de educación y de ocupaciones vigentes en cada momento.