Potestad de los órganos económico-administrativos para ordenar la retroacción de actuaciones

Al amparo de los principios de seguridad jurídica y defensa de los derechos de los interesados, la retroacción no puede concebirse como una fórmula apta para corregir defectos sustantivos de una decisión, otorgando a la Administración la oportunidad de ajustarla desde ese momento al ordenamiento jurídico. La retroacción de actuaciones es procedente únicamente en los supuestos de quiebra formal o cuando la instrucción del expediente es incompleta.

Cálculo de los intereses de demora en los casos de estimación parcial con ingreso previo

Cuando proceda la práctica de una nueva liquidación por haberse anulado otra anterior cuyo importe ha sido ingresado, en el cálculo de los intereses de demora la Administración tributaria puede compensar de oficio los intereses resultantes de una y otra liquidación, devolviendo la cantidad que surja de la compensación junto con los intereses correspondientes.

Nulidad de los actos ejecutados al amparo de una disposición general declarada nula

La nulidad de una disposición general no conlleva la nulidad automática de los actos ejecutado a su amparo. Hay que analizar, en cada caso concreto, si el acto adolece de alguno de los vicios contemplados por la norma como motivos de nulidad de pleno derecho.